lunes, 13 de abril de 2015

Nueva Edición del Programa Empleo Joven de la Junta de Andalucía.

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía con fecha de 11 de marzo de 2015, publicó las bases de la nueva edición del programa de Empleo joven. http://www.juntadeandalucia.es/boja/2015/48/5

En esta ocasión, el programa se divide en dos: Programas Emple@Joven (destinado a jóvenes entre 18 y 24 años) y Emple@25+ (destinado a jóvenes entre 25 y 30 años).

Como Condiciones generales de participación no lo podrán hacer quienes hubiesen recibido una beca, o formalizado un contrato de trabajo de duración igual o superior a tres meses, o haber participado en el anterior programa de empleo joven.

Es importante tener en cuenta que para poder participar en el Programa Emple@Joven, los menores de 25 años deben registrarse como usuarios en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil del Ministerio de Empleo con un cerficado Digital, DNI electrónico, o solicitando una clave en cualquier oficina del SAE.

En las próximas semanas previsiblemente comenzará el proceso de selección para los proyectos que comenzarán después del verano. Es muy importante que los interesados estén YA inscritos como demandantes de empleo y estar atentos al tablón de anuncios de tu Ayuntamiento.

Al igual que en la edición anterior serán los Ayuntamientos andaluces que en la selección de las obras y servicios, se tendrán en cuenta las necesidades y demandas existentes en su término municipal.

Serán destinatarias de las ayudas contempladas en este programa las personas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas que reúnan alguno de los siguientes requisitos:

a) Tener una edad comprendida entre 18 y 24 años, ambos inclusive, y estar inscrita en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

b) Tener 25 o más años de edad.

c) Estar empadronado en un municipio de la Comunidad de Andalucía.

Los proyectos se desarrollarán en el municipio de referencia, y podrán consistir en la ejecución o prestación de obras o servicios de interés social y deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Su duración será de doce meses.

b) La ejecución de la obra o prestación del servicio, por parte de los ayuntamientos, se realizará en régimen de administración directa.

c) No podrá sustituirse el personal de estructura de la entidad solicitante por las personas contratadas con cargo a esta Iniciativa.

La selección se realizará entre las personas desempleadas, residentes en el municipio de referencia, propuestas por el Servicio Andaluz de Empleo sobre la base de la adecuación al perfil solicitado para el puesto de trabajo ofertado, con el siguiente orden:

a) En primer lugar, las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo de Solidaridad.

b) En segundo lugar, las personas desempleadas de larga duración, que hayan agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo o asistencial.

c) Las personas desempleadas de larga duración, en general.

d) Las personas desempleadas en general.

Dentro de cada grupo de prioridad se ordenarán las personas candidatas atendiendo a la mayor disponibilidad para el empleo, a la fecha de solicitud de ocupación o, en su defecto, a la fecha de inscripción, de la más antigua a la más reciente.

Para más información, puedes preguntar en tu oficina de referencia del Servicio Andaluz de Empleo, o bien, en tu Ayuntamiento. Ya que serán éstos los que realizarán la demanda en función de la ratio de desempleo juvenil y las necesidades del municipio.



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